Estas son las multas que te llevan a la cárcel
Exceso de velocidad
Vías urbanas: se rebasa en más de 60 km/h el límite de velocidad.
Vías interurbanas: se excede en más de 80 km/h el límite fijado.
De tres a seis meses de cárcel o trabajos de 31 a 90 días en beneficio de la comunidad. Además la prohibición de conducir coches y motos por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Conducción temeraria
Cuando conduciendo pones en peligro al resto de usuari@s está considerado como temeridad y es una infracción muy grave que puede llegar a ser delito.
Penas de cárcel de seis meses a dos años y prohibición para conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.
Por otra parte si conduces con desprecio hacia la vida de los demás, tu conducción será considerada como “temeraria agravada“ y será castigada con 2 a 5 años de cárcel, y entre 6 y 10 años sin carnet. Además, el vehículo sería requisado.
Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas
Multa de seis a 12 meses o entre 31 y 90 días de trabajos a la comunidad, y entre uno y cuatro años de retirada del carnet y tres meses de prisión.
En caso de drogas, la mínima presencia de éstas en sangre ya es delito y la sanción es la misma que en el caso del alcohol.
Negarse a someterse a un control de alcoholemia o de drogas
Se pena con cárcel de seis a meses a un año y con la pérdida del carnet de conducir de uno a cuatro años.
Crear situaciones de peligro
Como colocar obstáculos en la carretera o ver que hay algo en medio y no quitarlo.
Derramar alguna sustancia deslizante o inflamable
Cárcel de seis meses a dos años o trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días
Conducir sin carnet
Aunque aún no te hayas examinado del carnet de conducir, o estés a mitad de examen, o te lo hayan retirado, o lo tienes caducado la pena de cárcel sería de entre 6 meses y 2 años o entre 31 y 90 días de trabajos a la comunidad.
Abandonar el lugar del accidente
Es un delito causar un accidente y huir; no es omisión de socorro sino abandono del lugar del accidente.
Si el accidente ha sido provocado por una imprudencia tuya, pena de prisión de seis meses a cuatro años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a cuatro años.
Pero si el accidente ha sido fortuito: pena de tres a seis meses de cárcel y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de seis meses a dos años.
También puede haber pena simplemente si has presenciado el accidente y no has prestado auxilio siempre y cuando la víctima no esté atendida.